"...En consecuencia, la Cámara al realizar el análisis de los argumentos expuestos por el recurrente, advierte que la tesis no se ajusta a las exigencias legales de este medio de impugnación, ya que denuncia que la Sala sentenciadora incurrió en error de hecho en la apreciación de las pruebas por tergiversación; sin embargo, argumenta que se valoró incorrectamente los medios de prueba que presentó; de esa cuenta, es evidente que su desacuerdo se dirigía a cuestionar la valoración conferida por la Sala sentenciadora a los medios de convicción, argumento que no es apropiado para sustentar el submotivo denunciado..."